Los contenedores de residuos de construcción y demolición (RCD) está sujeto a normativa de carácter
municipal. En este artículo vamos a recoger las normas básicas y el horario de instalación en la vía
pública de contenedores de RCD.
Los R.C.D. o materiales de construcción que se viertan en los contenedores o sacos no podrán sobrepasar
el plano definido por las aristas superiores del propio contenedor. Una vez alcanzado el volumen máximo se
tapará el contenedor o saco y se solicitará que sea sustituido o retirado de la vía pública en un plazo de 24
horas.
Además, durante el período comprendido entre las 20:00 horas del día y las 08:00 horas del día siguiente el
contenedor/saco deberá estar tapado.
Para mejorar la visibilidad de los contenedores y sacos de R.C.D., deberán llevar en sus ángulos elementos
reflectantes con una longitud mínima de 50 cm. y una anchura de 10 cm.
El Ayuntamiento podrá ordenar la retirada de los contenedores y/o sacos industriales, aun cuando cuenten
con autorización, si las circunstancias medioambientales, de circulación o celebración de eventos
autorizados lo aconsejen.
Las operaciones específicas de cambio o sustitución de contenedores y/o sacos de R.C.D. solo podrán
realizarse en días laborables entre las 8 y las 22 horas (de lunes a viernes) y entre las 9 y las 21 horas (los
sábados).